PSOE consigue unanimidad en la Diputación para que el Patronato de Recaudación no embargue a las familias con menos recursos de la provincia

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Aprobada la iniciativa de los socialistas para evitar el embargo a familias cuyo único ingreso sea inferior al salario mínimo interprofesional.

(Nota Prensa PSOE) El grupo socialista en la Diputación de Málaga ha conseguido hoy la unanimidad de todos los grupos en la institución provincial para que el Patronato de Recaudación no embargue a las familias con menos recursos de la provincia. De esta forma, el presidente y portavoz del grupo del PSOE en la institución provincial, Francisco Conejo, ha mostrado la satisfacción de los socialistas por la aprobación de la iniciativa presentada como moción urgente en el pleno de hoy para evitar el embargo a familias cuyo único ingreso sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Mediante la iniciativa aprobada hoy, la Diputación se ha comprometido a que la Agencia Pública de Servicios Económicos Provinciales de Málaga Patronato de Recaudación Provincial implante medidas y mecanismos para evitar los embargos en cuentas bancarias a contribuyentes que sus únicos ingresos corresponden a sueldos, salarios, pensiones o equivalente de importe inferior al Salario Mínimo Interprofesional; a que el Patronato modifique su Ordenanza General de Recaudación para incluir la declaración de insolvencia provisional del deudor cuando se haya constatado que sus rentas han de quedar protegidas como consecuencia de la información obtenida de embargos previos practicados o por la comunicación previa de su situación económica; y también a que el Patronato en colaboración con los ayuntamientos de la provincia que mantengan convenios realice campañas periódicas de información sobre los derechos de los contribuyentes frente a embargos de cuentas bancarias cuando tengan ingresos inferiores al SMI, así como que informe de las distintas facilidades que se ofrecen para pagar o aplazar el pago de las deudas.

Conejo ha recordado que la Ley de Enjuiciamiento Civil en su artículo 607 establece que «es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional». En este sentido, ha explicado que tanto pensionistas, empleados o desempleados perciben su pensión, salario o prestación, a través de una cuenta corriente abierta en una entidad bancaria. En numerosas ocasiones se producen embargos, por parte de la Agencia Pública de Servicios Económicos Provinciales de Málaga Patronato de Recaudación Provincial de la Diputación, de saldos bancarios procedentes de sueldos, salarios, pensiones o su equivalente que no alcanzan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como consecuencia del cobro de deudas con los ayuntamientos. «Este hecho provoca que muchas familias de la provincia se queden sin ningún ingreso y tengan que iniciar reclamaciones para que se realice el levantamiento de los mismos por incumplir con lo estipulado en la Ley», ha apuntado.

Además de esto, recuerda, se producen otros casos de embargos practicados «incorrectamente», de difícil cuantificación, que quedan en el anonimato, sin que se interponga reclamación alguna, tanto por el desconocimiento de sus derechos por parte de los contribuyentes, como por la incomodidad que significa una reclamación cuando se trata de pequeños importes o por el desconocimiento de que se ha efectuado el propio embargo al tratarse de cantidades poco llamativas.

«La situación precaria de miles de familias en la provincia, hace que la traba de estos saldos les perjudique de forma grave, debido a que sólo disponen de estos ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional para su subsistencia. Es por ello, por lo que las administraciones públicas deben de realizar las acciones adecuadas para paliar el sufrimiento de las personas más vulnerables y no agravar la situación de estas familias», ha asegurado el responsable socialista.

Por ello, desde el grupo socialista han propuesto que el Patronato de Recaudación Provincial cumpla estrictamente lo que establece la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación a la inembargabilidad de los sueldos, salarios, pensiones o equivalente que su importe no excedan del SMI, y por otro lado, subsane de la forma más rápida posible el levantamiento de las trabas en saldos de cuentas corrientes para que estas personas puedan disponer de sus recursos económicos.

«Lo que hemos planteado es implantar la declaración de insolvencia provisional de la deuda en los casos que así se justifique, especialmente cuando se haya constatado que sus rentas han de quedar protegidas como consecuencia de la información obtenida de embargos previos practicados o por la comunicación previa de su situación económica», ha explicado Conejo.