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Los plazos y condiciones establecidos son los que marca la Ley de Protección de Animales de la Junta de Andalucía, la administración competente en la materia. Cualquier entidad en defensa de los animales puede presentarse al concurso si cumple los requisitos.
(Prensa Ayto Alh Torre) En relación a las informaciones difundidas por el grupo municipal de Alhaurín Despierta respecto a la salida a concurso del servicio de recogida, transporte, refugio y acogida de animales abandonados, el Ayuntamiento quiere precisar lo siguiente:
-El pliego de condiciones de este servicio cumple escrupulosamente con lo que dice la Ley 11/2003 de Protección de Animales de Andalucía en materia de recogida y acogida de animales abandonados en la vía pública, una norma que fija, entre otras cuestiones, el plazo a cumplir por los ayuntamientos para acoger a los animales, que se establece en diez días.
-El Ayuntamiento saca a concurso este servicio por imperativo legal, al haber transcurrido el periodo de vigencia del contrato con el adjudicatario, por lo que las acusaciones de este grupo carecen de fundamento alguno. Todo lo que no hubiera sido publicar el presente pliego de condiciones en los plazos reglamentarios hubiera sido saltarse la ley.
-El Ayuntamiento se somete fielmente a las prescripciones y requerimientos técnicos que marca la legislación en este sentido, y así lo deberá hacer la entidad que quiera optar al citado contrato, cuyo pliego establece todas las condiciones en cuanto a medios, instalaciones y servicios de alimentación, limpieza, atención veterinaria y bienestar de acuerdo con la citada Ley 11/2003 de Protección de Animales de Andalucía. En este sentido, cualquier colectivo u organización en defensa de los animales puede presentarse al concurso si cumple con los requisitos legalmente establecidos y recogidos en el pliego.
-Las críticas y el tono utilizado por este partido político, que quieren hacer ver que en Alhaurín de la Torre no se respetan los derechos de los animales, están fuera de lugar, en tanto que tergiversan la realidad y exigen al Ayuntamiento una serie de cambios legislativos que están fuera del ámbito de las competencias municipales. Si este o cualquier otro grupo pretende una modificación de la ley de protección animal debería dirigirse a la administración correspondiente, en este caso la Junta de Andalucía, que es la que fija las normas de recogida, acogida, adopción y, en última instancia, sacrificio de los animales abandonados.