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La candidatura ciudadana propone que el próximo pleno permita a las personas transexuales y transgenero el cambio de nombre en los registros y carnets municipales.
(Nota Prensa Alhaurín Despierta) Aunque la Ley 3/2007, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, incorporó a nuestro ordenamiento jurídico el cambio de nombre de uso legal cuando dicha inscripción no se corresponde con la verdadera identidad de género de la persona que lo solicita, en la práctica, el margen de tiempo requerido para que sea efectivo dicho cambio, por la tardanza de la certificación médica requerida , provoca que durante el tiempo en que la persona ya está en tratamiento, pero aún no puede acceder al cambio legal de nombre se dé una paradoja entre su apariencia física y el uso común de su nombre.
La propuesta de Alhaurín Despierta, que será debatida en el próximo pleno, consiste en que el Ayuntamiento facilite el cambio de nombre a los solicitantes en determinados procedimientos de competencia municipal, como el acceso a los servicios vía web municipal, los carnet deportivos, de pensionista, de Biblioteca, Joven o culturales asi como en los listados de procesos selectivos, de bolsas de trabajo y, en toda documentación de exposición pública, como listados de personas de talleres, cursos, seminarios, calificaciones o censos electorales para elecciones sindicales o para la elección de los miembros del consejo sectoriales, etc.
Para Juan Manuel Mancebo, coportavoz y concejal de Alhaurín Despierta en el Ayuntamiento » con esta medida se facilita y normaliza la protección y ejercicio de los derechos de las personas transexuales y transgénero en Alhaurín de la Torre, a la vez que se fomenta la participación y representación de este colectivo en los órganos de participación ciudadana».
Procedimiento gratuito y voluntario
La propuesta que traslada Alhaurín Despierta plantea que el Ayuntamiento dé un paso más hacia la igualdad efectiva y garantice a las personas que lo soliciten, el ejercicio del derecho reconocido en el art. 35 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en el que se reconoce el derecho de toda persona a que se respete su orientación sexual y su identidad de género, y establece un plazo máximo de 3 semanas para incorporar el cambio de nombre a los registros municipales.
En la propuesta se indica que el procedimiento será gratuito y no requerirá de la presentación de documentación legal o médica, permitiendo que todas las personas que lo deseen sean tratadas de acuerdo con su identidad de género libremente determinada y respetando su dignidad y privacidad. En los casos en que deba registrarse legalmente el DNI el Ayuntamiento deberá incluir el nombre indicado por el interesado y las iniciales reflejadas en el documento de identidad. Este procedimiento sería tambien de aplicación a los menores que lo soliciten cuyos tutores legales podrán tramitarlo.