Un informe declara nulas las subvenciones de 400.000 euros concedidas por Fernández Montes a las comunidades de propietarios en la campaña electoral de 2015

Tiempo de lectura aprox: 3 minutos, 28 segundos

(Prensa Ayto. Torremolinos) Las ayudas, aprobadas por Junta de Gobierno Local en abril y mayo de 2015, se concedieron «desbordando la legalidad de un modo evidente, flagrante y clamoroso»

Además el documento constata que «las obras para el arreglo de fachadas se adjudicaron sin seguir ningún procedimiento, advirtiéndose asimismo un fraccionamiento del contrato»

El nuevo Equipo de Gobierno se encontró con unas obras sin la preceptiva documentación, lo que conllevó a realizar las consultas jurídicas para no cometer ningún acto que pudiese considerarse prevaricación o malversación de dinero público

Torremolinos, a 28 de julio de 2017. El Ayuntamiento de Torremolinos ha dado a conocer hoy la nulidad de pleno derecho de las subvenciones concedidas por el anterior alcalde, Pedro Fernández Montes, a las comunidades de propietarios del municipio para el arreglo de fachadas en plena campaña electoral en 2015. Informes jurídicos municipales, señalan respecto a estas ayudas, otorgadas por la Junta de Gobierno Local de abril y mayo de 2015, que son «contrarias a derecho, además de manifiestamente arbitrarias, desbordando la legalidad de un modo evidente, flagrante y clamoroso». Además el informe constata que las obras, por valor de 400.000 euros, «se han adjudicado sin seguir ningún procedimiento, sin existencia de pliegos, ni informe de intervención, ni de secretaría, ni publicidad alguna, advirtiéndose asimismo un fraccionamiento del contrato» –señala literalmente el informe-.

En este sentido se apunta a que la adjudicación de las obras acordadas en cada uno de los expedientes, «han prescindido total y absolutamente del procedimiento de contratación regulado en Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público». Al margen de la posible comisión de delito en la concesión de estas ayudas de forma totalmente electoralista con la clara intención de conseguir votos en el proceso electoral municipal, «hay que tener en cuenta que los casi 400.000 euros utilizados, es dinero de todos los contribuyentes, sin embargo el resto de ciudadanos del municipio no tuvo posibilidad de acceder a dichas ayudas puesto que no hubo convocatoria ni publicidad alguna, creando una clara discriminación entre distintas comunidades de propietarios», ha asegurado el concejal de Servicios Sociales y Vivienda, Pedro Pérez.

Entre agosto de 2009 y mayo de 2015, el Ayuntamiento de Torremolinos recibió 31 solicitudes de subvención, de distintas Comunidades de Propietarios para la realización de distintas obras en los edificios como arreglo de fachadas, hueco de escaleras, o impermeabilizaciones. Estas solicitudes fueron tramitadas todas en los meses de abril y mayo de 2015, mes de celebración de elecciones municipales. De las 31 subvenciones otorgadas por la Junta de Gobierno Local presidida por Pedro Fernández Montes, durante el periodo de Gobierno en funciones, éste ejecutó 10 de esas obras, estando sin realizar 21 de ellas en el momento de tomar posesión la nueva corporación.

Posible prevaricación o malversación de dinero público

El nuevo Equipo de Gobierno, presidido por el alcalde José Ortiz García, se encontró con unas obras por realizar sin que contasen con la preceptiva documentación y procedimiento legal para la otorgación de dichas subvenciones, lo que conllevó a realizar las consultas técnicas y jurídicas pertinentes para no cometer ningún acto que pudiese considerarse como posible prevaricación o malversación de dinero público.

El informe jurídico señala que el único requisito que se exigía en los acuerdos de la Junta de Gobierno Local era que la «mayoría de personas fueran de bajo poder adquisitivo y pertenecientes a la tercera edad que no pueden hacer frente a los gastos», pero no consta en el expediente que estos requisitos fuesen verificados para la concesión de la subvención, ni tras la ejecución de las obras –señala el documento jurídico-. «Una vez más nos encontramos con unas ayudas irregulares, que Pedro Fernández Montes otorgaba a dedo y en este caso utilizando el dinero público para su campaña electoral», ha asegurado Perez.

Además considera que concurren dos causas de nulidad de pleno derecho de los acuerdos, adoptados en las sesiones de las Juntas de Gobierno Local de fechas 24/04/2015 y 29/05/2015. La primera por vulneración del artículo 62.1 e) de la Ley 30/1992 vigente en aquel momento y actual artículo 47.1 e) de la Ley 39/201 5, según el cual: «Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados»

En segundo lugar por vulneración del artículo 62.1 f) de la Ley 30/1992 vigente en aquel momento y actual artículo 47.1 f) de la Ley 39/2015, según el cual: «Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición.

Las 31 obras aprobadas suponen un coste total de 372.634,21 euros, de ellas hay 10 realizadas y pagadas por un montante de 116.823,37 euros, quedando en suspensión la realización de 21 obras por valor de 255.810,84 euros. De acuerdo con el informe jurídico no es posible la realización de las obras mencionadas al ser considerados los acuerdos de la Junta de Gobierno Local nulos de pleno derecho.

Las consecuencias que produce la nulidad se encuentran previstas en el art. 35.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de manera que «la declaración de nulidad de los actos preparatorios del contrato o de la adjudicación, cuando sea firme, llevará en todo caso consigo la del mismo contrato que entrará en fase de liquidación debiendo restituirse las partes recíprocamente las cosas que hubiesen recibido en virtud del mismo y si esto no fuese posible se devolverá su valor. La parte que resulte culpable deberá indemnizar a la contraria de los daños y perjuicios que haya sufrido». Lo que significaría que en caso de responsabilidad, la justicia podría exigir al culpable3 la devolución de la presuntamente gastado indebidamente.

No obstante lo anterior, y teniendo en cuenta que los vecinos afectados son perjudicados de buena fe, la Delegación de Servicios Sociales y Vivienda del Ayuntamiento está trabajando para sacar próximamente una convocatoria pública para este tipo de ayudas de acondicionamiento de la vivienda que podrán solicitar individualmente todos aquellos vecinos que reúnan los requisitos de la convocatoria. La Delegación de Servicios Sociales está enviando cartas a los afectados para informar de esta situación y convocar a los vecinos a un encuentro para aclarar cualquier duda e informar de las futuras ayudas.