Fernández valora la decisión de Airbnb de colaborar con la Junta en la inscripción de viviendas con fines turísticos

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(Prensa Consejería de Turismo y Deporte) El consejero se congratula de que el portal de reservas responda a los requerimientos realizados por el volumen de anuncios sin número de registro

El consejero de Turismo y Deporte, Francisco Javier Fernández, valoró hoy la decisión de Airbnb de colaborar con la administración autonómica en la inscripción obligatoria de las viviendas con fines turísticos en Andalucía y subrayó que esta medida responde a los diversos requerimientos realizados por su departamento a la citada plataforma ante el alto volumen de anuncios sin el número de registro necesario.

Así, la compañía Airbnb ha anunciado que próximamente implementará un sistema  ‘on line’ en su portal para que los anfitriones de toda la comunidad inscriban su vivienda destinada al alquiler turístico y obtengan el correspondiente número del Registro de Turismo de Andalucía para incluirlo de manera visible en su anuncio, tal y como recoge la regulación autonómica en la materia.

La Consejería se ha dirigido en varias ocasiones a la compañía ante el alto porcentaje de anuncios que carecían de este requisito obligatorio, según la citada normativa y la propia Ley del Turismo de Andalucía, que estipula que la publicidad por cualquier medio de difusión o la prestación de servicios, sin haber presentado la declaración responsable y sin inscribirse en el Registro, será considerada clandestina.

Fernández se congratuló de que Airbnb preste su colaboración para el registro de este tipo de alojamiento a través de esta herramienta ‘on line’, aunque insistió en la necesidad de seguir profundizando en el cumplimiento de la normativa y de las mismas reglas de juego para todos los actores que operan en el sector, evitando el intrusismo y la competencia desleal y, a la vez, ofreciendo suficientes garantías a los visitantes.

Las viviendas con fines turísticos están reguladas en Andalucía por un decreto que entró en vigor en mayo de 2016, por el que se integra este tipo de alojamiento en la oferta reglada. El objetivo de esta regulación es ordenar una importante oferta de inmuebles no destinados a vivienda, así como ofrecer a los clientes unas garantías de calidad y confort durante su estancia y luchar contra la competencia desleal.

La norma crea la nueva categoría de vivienda con fines turísticos y establece la inscripción obligatoria en el Registro de Turismo de Andalucía para poder operar. A partir de la presentación de la declaración responsable por parte del propietario, la Consejería  realiza de oficio este trámite y asigna el número que se debe usar en toda la publicidad y comercialización del inmueble a través de plataformas como Airbnb.

Del total de viviendas con la declaración presentada, ya figuran en el Registro de Turismo y disponen de su correspondiente número 29.520 viviendas de uso turístico.  Por provincias, destaca Málaga, con 17.108 unidades inscritas, seguida a gran distancia por Cádiz, con 4.315 inmuebles y Sevilla, con 2.687. A continuación, se sitúan Almería (2.254), Granada (1.906),  Huelva (619), Córdoba (592) y Jaén (39).

Requisitos de calidad

Junto con la inscripción obligatoria, la norma andaluza establece unos requisitos mínimos de calidad y confort equiparables a los del resto de alojamientos, con el fin de asegurar los derechos de los usuarios y evitar situaciones de fraude, intrusismo, clandestinidad y competencia desleal. Además, garantiza la seguridad pública al obligar a los propietarios a llevar a cabo un registro sobre los viajeros que utilizan este hospedaje.

En este sentido, este tipo de inmuebles deben disponer de licencia de ocupación y cumplir con las condiciones técnicas y de calidad fijadas, como las relativas a ventilación exterior, mobiliario, refrigeración, ropa de cama, menaje y botiquín. También tienen que ofrecer información turística de la zona y hojas de quejas y reclamaciones, así como un teléfono de contacto para resolver incidencias