La Junta y la FAMP elaboran una ordenanza tipo sobre autocaravanas para facilitar la labor de los ayuntamientos

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Con este modelo, se pretende homogeneizar la regulación municipal, tras la aprobación del decreto autonómico de campamentos de turismo.

La Consejería de Turismo y Deporte y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias han elaborado una ordenanza tipo para la regulación local de las áreas de estacionamiento de autocaravanas, campers y caravanas con objeto de facilitar esta labor a los ayuntamientos. Con este modelo, se pretende homogeneizar la normativa municipal al respecto, tras la aprobación del decreto autonómico de campamentos de turismo.

La nueva regulación de los campamentos de turismo por el Decreto 26/2018, de 23 de enero, tiene como objetivo adaptar la normativa autonómica a los nuevos formatos de alojamiento y garantizar la calidad de los servicios que se ofrecen al visitante. Como principales novedades, establece una distinción de este tipo de alojamientos en dos grupos: campings y áreas de pernocta de autocaravanas.

En el caso de los campings, se recoge un nueva clasificación por estrellas que  consta de cinco categorías, frente a las cuatro de la anterior normativa. Para las áreas de  autocaravanas, que se regulan por primera vez, se establece que serán establecimientos destinados exclusivamente a la acogida y acampada de este tipo de vehículos en tránsito.  El decreto no regula las zonas de estacionamiento, que son competencia municipal.

Así, el modelo de ordenanza propuesto por la Consejería incorpora las nuevas definiciones del decreto para estos vehículos y de lo que se consideran áreas de estacionamiento reservado, tanto de carácter público como privado. También incorpora recomendaciones sobre su ubicación, atendiendo a su compatibilidad con el tráfico  y a la protección del medio ambiente, el paisaje y los recursos culturales, entre otros aspectos.

Esta regulación municipal tipo establece las características que deben cumplir estos aparcamientos y los puntos de reciclaje obligatorios. Además, se recomienda el establecimiento de unos precios públicos en caso de estacionamiento con horario limitado y se fijan una serie de limitaciones de uso de estas zonas, en cuanto al despliegue de mobiliario y otros elementos, o la eliminación de residuos.

Por último, en el modelo de ordenanza, en el que también se propone un régimen sancionador (con infracciones leves, graves o muy graves) en caso de incumplimientos , se recomienda que las zonas de estacionamiento reservado a autocaravanas, campers y caravanas y los puntos de reciclaje deben estar debidamente señalizados en la entrada, al menos, con los servicios disponibles.

 

            Nuevo decreto

El nuevo decreto autonómico define los campamentos de turismo como establecimientos de alojamiento que, ocupando un espacio de terreno delimitado, acondicionado y dotado de instalaciones, facilitan una serie de servicios para hacer vida al aire libre, a cambio de precio y durante un período de tiempo limitado, sin que en ningún caso la permanencia pueda tener carácter de residencia habitual o de domicilio.

La norma excluye las acampadas ocasionales relacionadas con actividades juveniles, albergues o colonias de vacaciones, y con la celebración de algún tipo de evento (deportivo o cultural); los campamentos privados para uso exclusivo de socios o propietarios de los mismos, y el estacionamiento de autocaravanas, caravanas y campers sin despliegue de elementos o mobiliario.