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- El Ayuntamiento incrementa las subvenciones en un 60% pasando de 120.000 a 300.000 euros anuales
(Prensa Ayto Mijas) El Ayuntamiento de Mijas ha celebrado esta mañana su sesión plenaria correspondiente al mes de mayo donde la corporación municipal ha aprobado de manera inicial por unanimidad la ordenanza reguladora para la concesión de ayudas de emergencia social para personas en situación de vulnerabilidad o exclusión social. «Una de las ventajas de esta ordenanza es que no requiere de convocatoria por lo cual quedan cubiertos los vecinos todos los días del año. Además dota de más seguridad jurídica a todos los profesionales de Bienestar Social», señala la edil responsable del área, Mari Carmen Carmona (Cs) quien añade que «si bien la partida era en años anteriores de 120.000 euros ahora se incrementa hasta los 300.000».
“Esta es sin duda una medida necesaria para dar repuesta a las necesidades de nuestros vecinos de modo que aquellas personas que no cuenten con recursos y se encuentren en riesgo de exclusión social tengan el respaldo de la administración más cercana como es el Ayuntamiento”, asevera el concejal de Hacienda Roy Pérez (PSOE), quién explica cómo “esta es una muestra más de nuestro compromiso con Mijas y con sus vecinos, al verse incrementada de forma considerable la partida destinada a tal fin, una medida social que ha contado además con el apoyo de todos los miembros del pleno para su aprobación”.
De esta manera el Consistorio fusiona dos bases reguladoras: emergencia social y alimentos y les da continuidad los 365 días del año a través de la ordenanza eliminando los plazos para solicitarlas. Una de las novedades a la hora de otorgar estas subvenciones es que el Consistorio ha encontrado el encaje legal para que los usuarios puedan beneficiarse de las mismas aun teniendo pendientes deudas tributarias. «Evidentemente, las personas que no tienen recursos, incluso, para alimentarse les es difícil pagar los impuestos hasta lograr salir de su situación de exclusión. Por ello, es un avance importante haber conseguido que las deudas que tengan con las administraciones públicas no influyan a la hora de poder recibir estas subvenciones», asegura Carmona.
El primero de los requisitos que debe reunir una persona para la obtención de la subvención es encontrarse en una situación de emergencia extraordinaria o circunstancial o bien estar en riesgo de situación de vulnerabilidad o exclusión social acreditado mediante informe social. Esto abarca a vecinos que están pasando un trance económico difícil así como a aquellos que sufren en un momento dado circunstancias imprevistas como incendios, inundaciones, enfermedades graves o rotura de electrodomésticos básicos para el desarrollo de la vida cotidiana, entre otros. A su vez, el usuario ha de estar empadronado en Mijas como mínimo un año antes de la solicitud salvo situaciones de violencia de género.
Así pues las ayudas recogen las necesidades básicas como adquisición de alimentos, ropa, calzado, productos de aseo e higiene doméstica así como medicamentos que requerirán en todo caso de prescripción médica donde hasta dos miembros en la unidad familiar podrán recibir hasta el 125% sobre el IPREM mensual (máximo de 675 euros), de 3 a 4 miembros hasta el 150% (máximo de 806 euros) y más de 5 miembros hasta el 175% (máximo de 941 euros).
La ordenanza también prevé ayudas técnicas para la adquisición o reparación de gafas, audífonos y prótesis dentales en hasta el 50% (máximo 269 euros) así como gastos relacionados con el uso y mantenimiento de la vivienda (suministros básicos de electricidad, gas y agua) con hasta el 100% (537 euros).
El Ayuntamiento de Mijas ha contemplado también gastos con el alquiler de vivienda, pago de fianza o depósito de alquiler en caso de desalojo domiciliario en hasta el 200% (1.075 euros). Por otra parte se encuentra la adquisición de enseres básicos o mobiliario considerado también como básico tales como frigoríficos, lavadoras, calentadores, estufas, placas de cocina, camas sillas y mesas con hasta el 100% (537 euros).
El documento aprobado hoy recoge gastos por desplazamiento no cubiertos por otros sistemas, por asistencia a hospitales para tratamientos de enfermedades graves o relacionados con la protección de la persona beneficiaria u otros debidamente justificados con hasta el 100% (537 euros).
Asimismo, se incluye la adecuación de la vivienda o pequeñas reparaciones o desperfectos que afecten a condiciones básicas de habitabilidad en la vivienda habitual (electricidad, fontanería, albañilería, carpintería) así como relacionadas con la protección (cambio de cerraduras, entre otros) en hasta un 100% (537 euros).
De la misma manera, entran los gastos relacionados con alojamientos en pensiones, hoteles, hostales o residencias de personas mayores, ante contingencias extraordinarias sobrevenidas como inundaciones, incendios, violencia de género- familiar, entre otros, y se subvenciona hasta en un 350%.(1.882 euros).
En este mismo sentido se incluyen gastos extraordinarios que pueden organizarse, en un momento puntual, por causas de fuerza mayor tales como inundaciones, incendios, enfermedad grave o fallecimiento de algún miembro de la unidad familiar con hasta un 350% (1.882 euros). Otros gastos extraordinarios no contemplados en los apartados anteriores, debidamente valorados por el trabajador social podrán alcanzar también hasta el 75%.
«Además de esta ordenanza haremos todas las modificaciones de crédito que sean necesarias siempre y cuando así lo requieran las circunstancias de nuestros usuarios porque para este equipo de gobierno lo más importante son las personas», concluye la edil responsable del área.