El Ayuntamiento abre el plazo de ayudas al servicio de comedor escolar en los centros públicos y privados de Torremolinos

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Las ayudas, que oscilan del 100 al 25 por ciento del precio fijado por día, podrán solicitarse hasta el 1 de octubre 

(Prensa Ayto. Torremolinos)  El Ayuntamiento de Torremolinos, a través de la concejalía de Servicios Sociales, ha abierto el plazo de solicitud de ayudas para el servicio de comedor escolar para el curso 2018/2019. Las subvenciones pueden cubrir desde el 100 hasta el 25 por ciento del precio fijado por día para este servicio en los centros escolares públicos y concertados dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, en función de la renta de la unidad familiar.


El plazo de presentación de solicitudes a estas ayudas estará abierto hasta el 1 de octubre, trámite que deberá realizarse en el Registro General del Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento. La convocatoria de esta ayuda municipal dirigida los padres, madres o tutores de alumnos matriculados en centros educativos del municipio de Torremolinos y con plaza de comedor escolar. 

El objeto de esta subvención es “establecer un sistema de  protección social  a los sectores de la sociedad más desfavorecidos”, “contribuir, total o parcialmente, en el coste del servicio de comedor escolar, colaborando con el desembolso económico que supone a las familias hacer frente a los gastos del servicio”, “facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral, así como el acceso al mercado laboral de los padres” y, a la vez, “propiciar que los menores reciban una alimentación equilibrada”. 

Requisitos e importes diarios máximos 

Podrá solicitar la ayuda la unidad familiar que algún hijo matriculado en un centro educativo de Torremolinos y con plaza de comedor escolar que no tenga ya concedida una bonificación del 100 por 100 de la plaza de comedor por parte de la Consejería de Educación. 

La unidad familiar deberá estar empadronada en el municipio de Torremolinos a fecha de presentación de la solicitud y estar al corriente del pago de sus obligaciones tributarias en el momento de presentación de la solicitud. La renta per cápita anual de la familia solicitante no podrá superar en ningún caso la cantidad de 7.519,59 euros, equivalente a 1 veces el IPREM anual. 

Las subvención municipal del 100 por 100 del importe del servicio de comedor escolar diario (4,38 euros) será concederá en los casos que existan situaciones familiares graves de dificultad social o riesgo de exclusión social, en el caso de hijos o hijas de mujeres atendidas en centros de acogida para mujeres víctimas de violencia de género; víctimas de terrorismo o sus hijos o hijas y cuando la renta per cápita familiar sea inferior a 0,40 IPREM (3.007,84 euros) o, en el caso de familias monoparentales, al 0,60 IPREM (4.511,75 euros). 

La renta, elemento de beramación 

Las subvenciones por debajo del 100 por 100 se concederán en función de los tramos de renta per cápita anual de la unidad familiar. La ayuda económica será del 75 por ciento -3,29 euros día- para familias cuya renta per cápita sea superior a 0,40 IPREM (3.007,84 euros) e igual o inferior a 0,60 IPREM (4.511,75 euros); del 50 por ciento -2,19 euros por día- para familias cuya renta per cápita sea superior a 0,60 IPREM (4.511,75 euros) e igual o inferior al 0’80 del IPREM (6.015,67 euros); y del 25 por ciento -1,10 euros al día) para familias cuya renta per cápita sea superior a 0’80 del IPREM (6.015,67 euros) e igual o inferior a 1  IPREM (7.519,59 euros).

 Junto a la solicitud de subvención, los solicitantes deberán aportar como documentación acreditativa fotocopia del DNI en vigor de todas las personas mayores de 14 años que formen parte de la unidad familiar. En el caso de extranjeros, fotocopia del NIE en vigor de todas las personas que componen la unidad familiar. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea, fotocopia del Certificado del Registro Central de Extranjeros junto con fotocopia del pasaporte o del documento acreditativo de identidad.

 Más documentación 

Además se deberá aportar fotocopia del Libro de Familia, la autorización expresa para la verificación de los datos de empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar o en su defecto volante de empadronamiento familiar, fotocopia de la matricula en el centro educativo para el curso 2018-2019, certificado bancario acreditativo del número de cuenta y del titular de la misma, debiendo ser éste obligatoriamente el solicitante de la ayuda; los justificantes de las circunstancias especiales que se acrediten (sentencia de separación o divorcio y convenio regulador, denuncia de no estar percibiendo manutención, certificado de minusvalía, certificado o tarjeta de familia numerosa, documentación acreditativa de ser víctima de violencia de género, documentación acreditativa de ser familia monoparental. 

Para la determinación de la renta de la unidad familiar se deberá entregar fotocopia de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio anterior a la solicitud, de todos los miembros de la unidad familiar con obligación de presentarla y, en el supuesto de no estar obligados a presentarla, se aportará documentación que acredite los ingresos obtenidos, tales como certificados y documentos acreditativos de los recursos e ingresos del año anterior de todos los miembros de la unidad familiar, expedidos por la empresa u organismo competente (prestaciones por desempleo, pensiones, prestaciones económicas en base a la Ley de la Dependencia, rentas, intereses bancarios, etc.). 

Más información y obtención del modelo oficial de solicitud de la ayuda está disponible en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Torremolinos en la dirección webhttp://transparencia.torremolinos.es/ayudas-para-comedor-escolar-201819/