Los mijeños ya pueden abonar sus impuestos en la modalidad de pago voluntario

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Todas las tasas municipales se podrán abonar a partir del próximo 2 de marzo, salvo el Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica y el de Actividades Económicas

Los vecinos que tengan domiciliado el cobro, obtendrán una bonificación del 5% de descuento en su recibo

(Prensa Ayto Mijas)  A partir del 2 de marzo el Ayuntamiento de Mijas abre el plazo para el pago de impuestos en la modalidad de cobro voluntario, un periodo que se mantendrá abierto hasta el 20 de noviembre.  Así ha informado el concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Mijas, Roy Pérez, que recordó que los mijeños que tengan domiciliado sus impuestos obtendrán un descuento del 5% en su recibo: “Los vecinos que ya tengan domiciliado su recibo deben saber que el primer recibo que se les pasa por el banco es el correspondiente a IBI, será a partir del día 5, pero que si por cualquier circunstancia no pueden hacerle frente, se volverá a enviar al banco para su cobro el 5 de junio”. Todos los impuestos se podrán abonar a partir del día 2 de marzo, salvo el Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica  (desde el 15/3) y el de Actividades Económicas (desde el 1/8). Desde Hacienda señalan que serán admitidas nuevas domiciliaciones hasta diez días antes del envío al banco de las correspondientes remesas.

Desde el departamento de Recaudación ofrecen una fórmula de pago más cómoda y flexible y sin recargo añadido en los recibos de los vecinos, que consiste en ir haciendo ingresos a cuenta durante el periodo de recaudación voluntaria. Para acogerse a este sistema de pago, las personas que estén interesadas deben dirigirse a cualquier oficina de recaudación municipal de Mijas (Ayuntamiento o tenencias de alcaldía).

Una vez expirado el plazo voluntario, el ingreso de los impuestos pasarán por vía ejecutiva y serán exigido sus ingreso por vía de apremio y devengarán los recargos correspondientes, intereses de demora, y en su caso las costas que se produzcan. Una vez que el recibo entra en Ejecutiva, estos contarán con un recargo que oscila entre el 5% y el 20%, según plazos.

El calendario fiscal ya se puede consultar a través de la página web del Ayuntamiento de Mijas, en la Sede Electrónica.

 

CALENDARIO FISCAL AYUNTAMIENTO DE MIJAS
IMPUESTO 1ª REMESA 2ª REMESA
IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RÚSTICA 4 DE MAYO 7 DE AGOSTO
IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS 5 DE SEPTIEMBRE  
TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS Y RESERVA DE LA VÍA PÚBLICA PERMANENTE 4 DE MAYO 7 DE AGOSTO
IMPUESTO DE VEHÍCULO POR TRACCIÓN MECÁNICA 4 DE MAYO 7 DE AGOSTO
TASA POR CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS 4 DE MAYO 7 DE AGOSTO
TASA DE BURRO TAXI 4 DE MAYO 7 DE AGOSTO
TASA POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON MESAS Y SILLAS 4 DE MAYO 7 DE AGOSTO
TASA POR EL SERVICIO DE MERCADO MUNICIPAL 5 DE ABRIL 5 DE JULIO
TASA POR LA OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON EXPOSITORES Y OTROS CONCEPTOS 4 DE MAYO 7 DE AGOSTO
TASA POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON KIOSCOS 4 DE MAYO 7 DE AGOSTO
TASA DE RECOGIDA DE BASURAS Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS 5 DE ABRIL 5 DE JULIO
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES 5 DE MARZO 5 DE JUNIO
TASA DE RECOGIDA DE BASURA COMERCIAL 4 DE MAYO 5 DE JULIO