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Excmo. Sr. D. Javier Imbroda. Consejero de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía. Excma. Sra. Dña. Carmen Castillo. Viceconsejera de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía.
Consejería de Educación y Deporte. Edificio Torre-Triana, s/n Sevilla
Sevilla, 23 de agosto de 2020
Nos dirigimos a ustedes formalmente para hacerles llegar nuestras peticiones y sensaciones, que sin duda no desconoce pues llevamos semanas en ello a través de medios de comunicación y redes sociales y, aunque el formato haya sido diferente, coinciden bastante con las que le han hecho llegar todos los sectores de la comunidad educativa, esa a la que parece no haber escuchado a pesar de haberlos sentado en mesas de negociación o reuniones de trabajo ya fuesen presenciales o telemáticas.
Son más de 10 años de reivindicaciones en defensa de la Educación Pública, demandando ratios más reducidas, instalaciones adecuadas, más docentes, menos burocracia, techo mínimo de ingresos en los presupuestos para Educación… Usted, señor consejero, no era titular de la Consejería que hoy gestiona, pero no le deben ser ajenas pues su ámbito profesional estaba ligado a lo educativo hasta hace bien poco. Que esa situación de deterioro del sistema educativo público andaluz no sea resultado de su gestión no le excluye de su responsabilidad para mejorar el estado en que se encuentra porque la competencia es ahora suya y la obligación y responsabilidad también. Sentimos decirle que, un año y poco después de su acción al frente de la Consejería, sospechamos que va a aplicar las mismas políticas que veníamos padeciendo y para muestra las 411 líneas suprimidas en el Educación Pública andaluza, cuando más falta hacían para poder reducir ratio en muchos grupos escolares.
La Naturaleza -poderosa- ha venido a demostrarnos que llevábamos razón, que nuestras reivindicaciones eran acertadas y saludables y que, si los poderes públicos hubieran escuchado a la ciudadanía a que representan cumpliendo el mandato Constitucional, hoy la vuelta a las clases sería segura, resiliente y alegre, porque tendríamos un sistema educativo capaz de resistir la prueba a que nos somete el SarsCov-2.
Ustedes son expertos en poner en práctica a la perfección dos máximas populares: Uno, «A río revuelto ganancia de pescadores», por ello, que nuestras justas reivindicaciones aparezcan en los medios y ante la opinión pública como «incendiarias, realizadas por un grupo de ultras…» y que la ganancia se busque, una vez más, para los mismos, quienes defienden el NEGOCIO DE LA EDUCACIÓN porque no creen en el DERECHO A LA EDUCACIÓN.
Y dos, «Divide y vencerás», lo que explica que lo parcelen todo: «Funcionarios/as de carrera, interinos/as, personal laboral»; «especialistas que no pueden ser tutores/as, generalistas que sí»; «docentes que pueden dar refuerzo y que no»; «especialidades de bolsa que se fomentan un año y las que no»; «cese de personal interino de una especialidad y de otras no», “familias insumisas vs. conciliadoras”, “familias colonizadoras de centros vs. las que están en su lugar” (que para ud. es fuera de los colegios)… consiguiendo que «quien se salva» vea al otro diferente y no se atreva a hablar para evitar que le toque en el próximo ataque a la Pública.
En estas aguas revueltas podemos ver una vez más cómo, sin que la mayoría sea consciente, vuelve a existir división, por eso nos pusimos al lado y felicitamos a las Directoras y Directores de muchísimos centros andaluces firmantes de comunicados que contestaban las Instrucciones del 6 de julio de 2020, de la Viceconsejería de Educación y Deporte, relativas a la organización de los centros docentes para el curso escolar 2020/21, motivada por la crisis sanitaria del Covid- 19, y les dimos las gracias por cumplir con la responsabilidad y hacer uso de los derechos que, como empleados públicos les confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Empleado Público, que mencionamos a continuación: Servicio a los ciudadanos y a los intereses generales (art. 1.3 a), Sometimiento pleno a la ley y al Derecho (1.3 c), Transparencia (1.3h), Evaluación y responsabilidad en la gestión (1.3 i), A recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo (Art. 14 l), entre otros.
Defendemos el DERECHO A LA EDUCACIÓN y, por ello, tras la lectura de las Instrucciones y del Comunicado realizado por las directoras y directores andaluces, nos dirigimos a Ud. como Consejero que tiene las competencias y a la Viceconsejería en la que las ha delegado para pedirles que, en ejercicio de las mismas y, asumiendo las responsabilidades que han aceptado al asumir sus cargos, adopten las medidas necesarias para que las clases en el Curso 2020/21 se puedan impartir de manera presencial con las garantías sanitarias, pedagógicas y humanas necesarias para la protección de los trabajadores y trabajadoras, alumnado y familias que forman la comunidad educativa en aras de proteger el derecho a la Educación previsto en el art. 27 de la Constitución, el de protección de la salud, recogido en el art. 43, y lograr la realización personal y social que el artículo 10.3.2 del vigente Estatuto de Autonomía -la Ley Orgánica de más alta jerarquía en nuestra Comunidad- recoge como uno de los objetivos básicos en defensa del interés general al que la Administración Pública -la Consejería y Viceconsejería son órganos de esa Administración Pública- sirven con objetividad y sometimiento pleno a la ley y al Derecho, en virtud del art. 103 de la Constitución.
Es decir, que las reivindicaciones no son un «querer calentar el comienzo de curso” de un grupo de ultras, son peticiones en defensa del derecho a la Educación y la protección de la salud, objetivos básicos de la Comunidad que, como Administración Pública, tienen que cumplir con objetividad y sometimiento a la Ley y al Derecho porque lo dice la Constitución Española, no un grupo de extremistas.
¿Por qué nos dirigimos a la Comunidad Autónoma de Andalucía y no al Estado? Porque el artículo 52 del Estatuto de Autonomía otorga a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en la organización de los Centros de enseñanza no universitaria. Ello no obsta para que el Ministerio de Educación juegue su papel.
¿Por qué a su Consejería y a Ud. como consejero? Porque la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía establece que corresponde a dicha Consejería la superior dirección, iniciativa, coordinación, inspección, evaluación y potestad reglamentaria y tiene la obligación de velar por el funcionamiento normal de los servicios para no causar daños y evitar la responsabilidad que se regula en el Capítulo IV del título Preliminar de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Pero como estamos convencidas que seguirá viéndolo como argumentos de «gente a la que les gusta calentar el inicio de curso», mencionamos también el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 102/2019, de 12 de febrero que en su artículo 1 dice: «Corresponde a la Consejería de Educación y Deporte la regulación y administración de la enseñanza no universitaria en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, y la planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo del deporte en la Comunidad Autónoma de Andalucía».
¿Por qué nos dirigimos a la Viceconsejería de Educación? Porque es el órgano del que emanan las instrucciones que motivan este escrito al haber sido objeto de la delegación de competencias realizada por Orden de 7 de noviembre de 2019, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería -ver art. 1.1-.
Como verá, queremos calmar las aguas de sus ríos y encontrar puntos de encuentro, el primero que la competencia y la responsabilidad son de la Consejería y Viceconsejería cuya titularidad ostentan. En esto seguro que están ustedes de acuerdo.
Después de leer las Instrucciones, se concluye que no se pueden cumplir, pero Uds. lo saben, y gracias a las direcciones valientes de los centros y a nosotras las familias que nos hemos preocupado de trasladarlo, ahora lo sabe la opinión pública. No se pueden cumplir porque las clases están masificadas debido a la elevada ratio, porque los centros no tienen climatización adecuada, porque muchos de ellos están en pésimo estado de conservación, porque no hay docentes suficientes ni para atender el funcionamiento ordinario de los centros, porque hay muchos servicios importantes externalizados, porque la burocracia impide que el profesorado pueda ejercer su función pedagógica en condiciones dignas, porque las famosas escuelas TIC para Uds. lo son porque en ellas se puede encontrar algún ordenador y porque lo pone un metacrilato en la fachada, porque no destinan un porcentaje correcto del Presupuesto a Educación. Lo saben, hace años que se lo decimos, y no hacen nada, su gestión del presupuesto público no es para fortalecer el Derecho a la Educación.
Leyendo las instrucciones observamos que las dirige a los/las directores/as de los Centros, y, una vez más, creemos que está confundido. Entendemos que tenga que delegar las competencias, no obstante, movidas por ese principio de honradez que inspira este escrito, creemos conveniente recordarle que delegar es diferente a trasladar la responsabilidad, y lo que Uds. pretenden es trasladar la responsabilidad de los titulares de la Consejería y de la Viceconsejería a personal funcionario que no tiene las competencias que pretenden encomendarles ¿Por qué? Porque el artículo 125.5 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía establece que: «La consejería competente en materia de educación dotará a los centros docentes de recursos humanos y materiales que posibiliten el ejercicio de su autonomía. En la asignación de tales recursos, se tendrán en cuenta las características del centro y del alumnado al que atiende». Es decir, la autonomía de los centros que es sólo «pedagógica, de organización y gestión para poder llevar a cabo modelos de funcionamiento propios» (párrafo 1 del artículo 125) no se puede producir sin los recursos humanos y materiales que la posibiliten, y esos recursos humanos y materiales -competencia de la Consejería y la Viceconsejería, veánse: Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deportes y Orden de 7 de noviembre de 2019, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería– llevan años sin asignarlos. Y ustedes tampoco se han puesto a ello ni siquiera en una situación tan extraordinaria como la que atravesamos que exige de medidas extraordinarias.
La mayor parte de las instrucciones contempla medidas de carácter sanitario y prevención de riesgos laborales que son competencia de la Consejería de Salud y Familias y de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. ¿Tan poco respeto le ofrecen las direcciones de los Centros, el personal docente de esta Comunidad, su alumnado y las familias qué pretende hacernos creer que dichas competencias pueden ser asumidas por empleados públicos que no realizan funciones dentro de las dos Consejerías citadas? Queremos apelar al respeto, pero sabemos que, si esa es su pretensión, podría estar incumpliendo las normas.
En síntesis, Sr. consejero y Sra. viceconsejera, insistimos, sus instrucciones no se pueden cumplir, los directores y directoras de los Centros de Andalucía no tienen competencia para llevar a cabo las directrices recogidas en ellas, la autonomía de los Centros prevista en el art.
125.1 de la Ley de Educación de Andalucía no tiene nada que ver con la posibilidad de atribuir competencias que no están previstas en la Ley y, además, la autonomía pedagógica, de organización y de gestión prevista en dicho artículo no es posible sin la dotación de los recursos humanos y materiales necesarios que son competencia de los órganos al frente de los cuales están Uds.
Pero, Sr. consejero y Sra. viceconsejera, el art. 103 de la Constitución Española establece que la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa con sometimiento pleno a la ley y al Derecho. El artículo 27 regula el derecho a la Educación y el 43 el derecho a la protección de la salud; el art. artículo 52 del Estatuto de Autonomía otorga a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en la organización de los Centros de enseñanza no universitaria; el artículo 10.3.2 del vigente Estatuto de Autonomía dice que deben garantizar el acceso de todos los andaluces a una educación permanente y de calidad que les permita su realización personal y social, siendo el artículo 21 de dicho texto el que explicita los derechos; deben cumplir lo previsto en la Ley 9/1999 de 18 de noviembre de Solidaridad en la Educación.
El Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 102/2019, de 12 de febrero -parafraseando lo dispuesto en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía- en su artículo 1 dice: «Corresponde a la Consejería de Educación y Deporte la regulación y administración de la enseñanza no universitaria en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades y la planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo del deporte en la Comunidad Autónoma de Andalucía»; el artículo 1.1 de la Orden de 7 de noviembre de 2019, delega en la persona titular de la Viceconsejería las competencias y, ambos, como titulares de órganos de la Administración tienen responsabilidad porque así se recoge en el Capítulo IV del título Preliminar de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por todo ello, a fin de dar cumplimiento a lo dicho -dispuesto en la Ley- deroguen esas instrucciones y adopten las medidas necesarias para que el Curso escolar 2020/2021 se pueda iniciar en Andalucía de forma presencial -para garantizar el derecho a la Educación en condiciones dignas y de igualdad, la realización personal y social y dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 9/1999 de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación– con las garantías sanitarias y educativas a las que la ciudadanía de una Comunidad de un país desarrollado tienen derecho.
Esas medidas pasan necesariamente por una inversión extraordinaria de dinero público para poder: bajar ratio (que permita distancia social), contratar docentes para atender los grupos extra, tener personal sanitario en los centros educativos y personal de limpieza durante TODA la jornada escolar. Si las infraestructuras educativas no son suficientes, lleguen a acuerdos con otras administraciones para habilitar espacios públicos para uso educativo. Busquen soluciones; con voluntad, se encuentran.
Si pasan ustedes a decidir que toda o parte de la educación no va a ser presencial a corto plazo, al menos hasta que los recientes contagios bajen, deben ustedes garantizar a los centros educativos y a sus docentes los recursos tecnológicos que les permitan impartir clases (no sólo enviar tareas) y permitir que se haga una adaptación curricular pertinente a la nueva situación; deben garantizar que todo el alumnado, TODO, disponga en sus casas de conexión a internet y un dispositivo para seguir la teleformación; deben estudiar de manera específica, individualizada y con rigor cómo atender al alumnado con NEAE que no se adapta a la formación a distancia, no puede permanecer en el abandono como el curso pasado, porque ya no cabe la improvisación; deben darle continuidad a los planes de garantía alimentaria de los y las menores que hacían uso de los comedores escolares.
Llevamos muchos años apelando a sus competencias, a su responsabilidad como gestores públicos y a su condición de representantes de la ciudadanía para, entre todos y todas, construir una Escuela Pública digna y de calidad. No hemos conseguido que nos escuchen y no hemos podido impedir el deterioro progresivo del servicio público y la consiguiente ignorancia del Derecho a la Educación. Ahora ha venido el Sarscov2 para probar que nuestras reivindicaciones eran necesarias, pero la duda es ¿le tendrán en cuenta o será también ignorado?
Quedamos a la espera de que las reuniones que tienen anunciadas a escasos días del comienzo de curso sean fructíferas y que las mantengan pensando en el interés general.
Creemos haberles trasladado con claridad lo que esperamos las familias, que no somos más que padres y madres preocupadas por lo más importante que tenemos en nuestras vidas, nuestros hijos e hijas, cuyo futuro educativo a corto plazo está en sus manos. Estén a la altura.
Sin otro particular, se despiden atentamente,
AMPA En Pie (plataforma de familias y AMPA de la Educación Pública de Málaga). Escuelas de Calor (plataforma de familias y AMPA de la Educación Pública de Sevilla) Niñ@s del Sur (plataforma de familias y AMPA de la Educación Pública de Córdoba). Plataforma de familias y AMPA de la Educación Pública de Cádiz.
AL SR. CONSEJERO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.
A LA SRA. VICECONSEJERA DE EDUCACIÓN Y DEPORTES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.