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- Aquellos contribuyentes que tengan domiciliado los recibos se beneficiarán de un descuento del 5%
- Los impuestos y tasas se podrán abonar de forma presencial,en cualquiera de las dependencias municipales con cita previa, a través de la sede electrónica o desde la plataforma pagosexpress.mijas.es (disponible a partir de la próxima semana)
(Prensa Ayto Mijas) El concejal de Hacienda, Roy Pérez, ha dado a conocer el calendario fiscal correspondiente al presente ejercicio para el pago de impuestos y tasas municipales. Así, Pérez ha informado que desde el pasado 1 de marzo y hasta el próximo 22 de noviembre todos los contribuyentes que lo deseen pueden abonar los tributos en voluntaria: “Aquellas personas que quieran ponerse al día con el pago de sus impuestos pueden hacerlo hasta el 22 de noviembre, pueden abonarlos en cualquieras de las dependencias municipales, mediante cita previa, o si lo prefiere de forma telemática, ya sea a través de la sede electrónica, para las personas que cuenten con certificado digital o DNI electrónico, o a través de la plataforma a pagosexpress.mijas.es (disponible a partir de la próxima semana), para la que solo se necesita un documento de identificación”.
En cuanto a las domiciliaciones fiscales, Pérez dijo que el primer giro se producirá el próximo 10 de marzo para el Impuesto Sobre Bienes Inmuebles (IBI), el 5 de abril para la tasa de basuras, y el 5 de mayo para el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). “Con todos los impuestos y tasas se producirá un primer envío y, en el caso de que la persona no pueda o no quiera afrontar el pago tendrá una segunda oportunidad de abonarlo más adelante”.
Asimismo, Pérez recordó que “las personas con los recibos domiciliados se beneficiarán de un 5%” y si aún no están dados de alta en esta modalidad, deberán hacerlo 10 días antes de que la fecha de emisión (Ver calendario abajo) e informó que “todas las personas que quieran domiciliar sus recibos, pueden solicitar cita previa en cualquiera de las tres dependencias”.
TASA / IMPUESTO | PERIODO VOLUNTARIO | DOMICILIACIONES | |
1º PERIODO
|
2º PERIODO
|
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IMPUESTOS DE BIENES INMUEBLES
DE NATURALEZA RÚSTICA |
DEL 1/3 AL 22/11 | 5 DE MAY0 | 5 DE OCTUBRE |
IMPUESTOS DE
ACTIVIDADES ECONÓMICAS |
DEL 1/8 AL 22/11 | 6 DE SEPTIEMBRE | |
TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS Y RESERVA DE LA VÍA PÚBLICA PERMANENTE | DEL 1/3 AL 22/11 | 5 DE MAY0 | 5 DE OCTUBRE |
IMPUESTO DE VEHÍCULOS
DE TRACCIÓN MECÁNICA (IVTM) |
DEL 1/3 AL 22/11 | 5 DE MAY0 | 5 DE OCTUBRE |
TASA POR EL SERVICIO
DE MERCADO MUNICIPAL |
DEL 1/3 AL 22/11 | 5 DE MAY0 | 5 DE OCTUBRE |
TASA POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON OTROS CONCEPTOS | DEL 1/3 AL 22/11 | 6 DE JULIO | 5 DE OCTUBRE |
TASA DE RECOGIDA DE BASURAS Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS | DEL 1/3 AL 22/11 | 5 DE ABRIL | 5 DE OCTUBRE |
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI) | DEL 1/3 AL 22/11 | 10 DE MARZO | 6 DE SEPTIEMBRE |
TASA DE RECOGIDA DE
BASURA COMERCIAL |
DEL 1/3 AL 22/11 | 5 DE ABRIL | 5 DE OCTUBRE |