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Las personas interesadas podrán presentar sus solicitudes, para ambas plazas, hasta el 5 de marzo
(Comunicación Ayuntamiento Pizarra) El Ayuntamiento de Pizarra ha abierto el plazo para la contratación de personal directivo y administrativo para el programa de Empleo y Formación que pone en marcha la Junta de Andalucía en el próximo mes de abril.
Esta convocatoria en concreto tiene como objetivo la contratación de un Personal Directivo para desarrollar el Programa de Empleo y Formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se contratará un/una profesional directivo/a con jornada laboral completa. El objetivo es dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento general del proyecto, en sus aspectos técnicos-formativos, contenido docente y de trabajo, gerencial y administrativo. Realizar acciones de colaboración y enlace para conectar al tejido empresarial del territorio donde se ejecuta el proyecto con el alumnado de este proyecto, con la finalidad de facilitar la inserción laboral del alumnado. Impulsar la coordinación del proyecto con las iniciativas para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo del territorio, en su caso.
También se va a contratar a un/una profesional administrativo/a para el mismo proyecto. Esta convocatoria en concreto tiene como objetivo la contratación de un Personal de Apoyo Administrativo para desarrollar el Programa de Empleo y Formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pizarra, por lo que para esta convocatoria se abre del 24 de febrero al 5 de marzo. La urgencia de los plazos viene dada por la necesidad de cumplir los impuestos en la Resolución de la concesión del programa.
Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Pizarra (Málaga), y en cualquiera de las formas previstas legalmente en el plazo indicado. Las bases de esta convocatoria se publicarán en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Pizarra durante el plazo de presentación de solicitudes. En la solicitud en la que deberá figurar un teléfono de contacto y/o correo electrónico, se aportará la siguiente documentación:
1) Fotocopia del DNI o en su caso pasaporte.
2) Copia autenticada de los documentos acreditativos de la titulación oficial exigida y de la formación.
3) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
4) Vida y contratos laborales para justificar la experiencia como Personal Directivo en la especialidad ofertada.
5) Currículum Vitae actualizado y documentos acreditativos. Una vez finalizado el periodo de presentación de solicitudes se publicará en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Pizarra el listado provisional de admitidos/as y excluidos/as.
Habrá un periodo de 3 días naturales para presentar alegaciones al listado provisional a partir del día siguiente al de la publicación. Posteriormente, se publicará el listado definitivo de admitidos/as en el cual se indicará el calendario para realizar las pruebas de selección.
SISTEMA DE SELECCIÓN Y PROCESO
El procedimiento de selección se resolverá mediante la celebración de una entrevista personal que versará sobre conocimientos relacionados con los Programas de Formación para el Empleo. Se hará una entrevista que tendrá una valoración máxima de 30 puntos por la Comisión de Selección en la que se tendrá en cuenta criterios que busquen seleccionar a la persona con mayor idoneidad para el puesto de trabajo, conforme a la siguiente puntuación:
– Mayor conocimiento de la realidad social, cultural, territorial, etc, sobre la que se va a intervenir (10 puntos).
– Ideas, proyectos o salidas profesionales que aporte el candidato o candidata que vislumbren posibilidad para la futura empleabilidad (10 puntos).
-Conocimientos y experiencia en Programas de Formación para el Empleo (10 puntos). Conforme al artículo 12 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la condición de personal eventual no podrá constituir mérito para el acceso a la función pública.
SELECCIONADOS Y FORMALIZACION DEL CONTRATO
Una vez terminada la calificación de los/as aspirantes por el tribunal que al efecto nombre el Ayuntamiento, que estará integrado por el Presidente/a y dos vocales del que uno de ellos ha de estar propuesto por los sindicatos con representación en el comité de empresa según convenio colectivo, y el otro vocal actuando como secretario/a del Tribunal, todos nombrados por la Alcaldía. Quedarán excluido/as lo/as aspirantes que, en virtud del art. 15.5 del Estatuto de Trabajadores, pueden adquirir la condición de indefinidos como consecuencia de la presente selección y contratación. A tal efecto el tribunal recabará informe al Área de Recursos Humanos sobre lo/as aspirantes, antes de elaborar el acta. Una vez efectuada la selección se redactará un acta. El número de seleccionados no podrá rebasar el número de puestos ofertados. Los/as aspirantes no seleccionados podrán ser llamados por el orden de puntuación para cubrir el puesto de trabajo, en el caso de que la persona seleccionada no formalice la contratación, renuncie a la plaza, esté de baja laboral o por creación de nuevos puestos o situaciones análogas durante el plazo de duración del contrato. La relación valorada se elevará al presidente de la corporación para que proceda a la formalización del correspondiente contrato.
Más información en las bases.