Ayudas para largometrajes, documentales y otras obras audiovisuales en Andalucía

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El plazo de presentación de solicitudes para las tres líneas de subvenciones será de 15 días a partir de su publicación

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado hoy la convocatoria de  subvenciones públicas a la producción de proyectos de largometrajes, de documentales y de otras obras audiovisuales para 2022, con un dotación de 2.215.000 euros. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Esta convocatoria consta de tres líneas de subvenciones, una destinada a la producción de proyectos de largometrajes de ficción o animación y películas para la televisión dirigidos por nuevos realizadores que se inicien en el campo de la realización que promuevan el talento creativo por 700.000 euros, otra para proyectos de largometrajes de ficción o animación y películas para la televisión por 1.100.000 euros, y una tercera para proyectos de documentales por 415.000 euros.

Los beneficiarios de la línea 1 podrán ser las personas jurídicas cuyos proyectos estén dirigidos por nuevos realizadores o realizadoras que se inician en este campo. Para la línea 2 será personas jurídicas, y para la 3 serán personas físicas o jurídicas. También podrán ser solicitantes de las subvenciones las agrupaciones de interés económico cuyo objeto social sea la realización de actividades de producción audiovisual y la empresa coproductora que solicita la subvención, cuando la obra audiovisual sea realizada en régimen de coproducción, siempre que tenga una participación de, al menos, un veinte por ciento en la producción y en la titularidad de los derechos y materiales.

Todos los beneficiarios deberán ser productores independientes establecidos en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y estar dados de alta en la actividad económica de producción audiovisual y/o en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Estado o de la correspondiente comunidad. Además, no podrán alcanzar la condición de beneficiarios provisionales o suplentes aquellos solicitantes que no alcancen al menos el 65% de la puntuación máxima otorgable.

La dotación presupuestaria total, tal y como señala el BOJA, asciende a 2.215.000 euros con la distribución por líneas y anualidades establecido para esta convocatoria. El importe máximo de la subvención que se conceda será para cada línea, para la 1 con un importe máximo 250.000 euros por largometraje o película para la televisión, siempre que dicho importe no supere el 40% del presupuesto aceptado; para la 2, un importe máximo de 300.000 euros por largometraje o película para la televisión, siempre que dicho importe no supere el 35% del presupuesto aceptado, y la  línea 3 contará con un importe máximo de 80.000 euros por documental, siempre que dicho importe no supere el 40% del presupuesto aceptado.

Los formularios de solicitudes y los formularios de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentación, se podrán obtener para su cumplimentación en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/ 25032.html, así como en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en la dirección electrónica http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/.

El resto de documentos para que pueda valorar las solicitudes conforme a la información contenida en ellos, podrán obtenerlos mediante su descarga de la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en la siguiente dirección electrónica http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/.