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Fran Ruiz Arquitectos.- La separación a linderos es un parámetro urbanístico muy importante de todas las normativas municipales. Se define como “la mínima distancia a que debe situarse el punto más saliente de la edificación, sobre o bajo rasante, sea o no utilizable, de los linderos públicos o privados”.
Este cambio normativo nos permite obtener mayor espacio en nuestra parcela. Con lo cual el ámbito entre la piscina y la edificación se podrá ampliar pegando la lámina de agua al lindero público/privado lo máximo que nos permitan las condiciones constructivas (cimentación de la valla y muro del vaso de la piscina).
Al haber una superficie mayor en este punto de la vivienda, nos va a generar mayor continuidad visual y más desahogo en la zona de ocio. Se podrá acentuar incluyendo una
solería continua interior exterior. La idea será darle mayor énfasis al conjunto y al área de disfrute de la vivienda.