Cártama ante la sequía

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Bando del Ayuntamiento de Cártama ante la declaración de situación excepcional de sequía en la Cuenca Baja del río Guadalhorce

El Ayuntamiento de Cártama ha recibido una notificación de la Consejería de  Agricultura,Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía en la que se le comunica que,  la Comisión para la Gestión de la Sequía de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas (DHCMA), reunida con fecha 16 de junio de 2023, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 del “Decreto 477/2015, de 17 de noviembre, por el que se regulan los Órganos Colegiados de Participación Administrativa y Social de la Administración Andaluza del Agua”, ha emitido informe favorable a la declaración de excepcional sequía de las Zonas sin Regulación “Cuenca Baja del Río Guadalhorce” y “Sierra Tejeda- Almijara y Alberquilla”.

Esta declaración excepcional de sequía se toma de acuerdo con el “Decreto 178/2021, de 15 de junio”, en la letra d) del artículo 2, en el que se define las circunstancias que se han de dar para la declaración de Excepcional sequía, así como el artículo 11 del citado Decreto, que establece las medidas excepcionales específicas en ámbitos territoriales sin recursos regulados.

En este contexto, el Consistorio ha emitido un Bando Municipal en el que se informa a la ciudadanía que,  de acuerdo con lo establecido en el Plan Especial de Sequía vigente, se van a tomar una serie de medidas para reducir el consumo de agua y que serán de obligado cumplimiento por parte de la población y la propia admnistración.

Así, se prohíbe utilizar el agua potable para los siguientes usos:

  1. Baldeo de calles, aceras, fachadas o cualquier superficie, tanto pública como privada.
  2. Llenado de piscinas.
  3. Riego de jardines, parques y zonas verdes, tanto públicos y privados.
  4. Lavado de coches fuera de los establecimientos autorizados.
  5. Fuentes ornamentales que no dispongan de circuito cerrado de agua.
  6. Duchas y surtidores públicos.
  7. Cualquier otro uso del agua potable no esencial.

Este bando entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el tablón de anuncios municipal, es decir, el día 1 de julio de 2023, y estará vigente hasta que se declare el fin de la situación de sequía, pudiendo ser ampliado en función a la evolución de la situación de sequía existente.

El incumplimiento de las obligaciones dispuestas podrá ser objeto de infracción y sancionado según lo previsto en el capítulo IV del decreto 178/2021, de 15 de junio, por el que se regulan los indicadores de sequía hidrológica y medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos en las demarcaciones hidrológicas intracomunitarias de Andalucía.

Desde el ente municipal se pide a la población que se realice un uso responsable, solidario y eficiente del agua potable, con el objeto de poder garantizar el suministro.