Plazo para los huertos urbanos en Torremolinos

Huertos Urbanos Torremolinos

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El Ayuntamiento de Torremolinos abre el plazo para solicitar una parcela en los Huertos Urbanos

Desde el 7 de marzo, y durante diez días hábiles, se podrán presentar las solicitudes a través del Registro General del Ayuntamiento, junto a la documentación requerida

Podrán ser beneficiarias de las autorizaciones personas mayores de 18 años que estén empadronadas en Torremolinos, físicamente capacitadas para realizar el trabajo agrícola, y que se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, entre otros requisitos

El Ayuntamiento de Torremolinos abre mañana, y durante diez días hábiles, el plazo de solicitud de autorización para la ocupación de 38 parcelas del Huerto Urbano Municipal.

Las personas interesadas en la adjudicación de los huertos urbanos municipales deberán presentar su solicitud en el Registro General del Ayuntamiento, acompañando la misma de una fotocopia del DNI, o documento que legalmente le sustituya, así como una declaración expresa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Podrán ser beneficiarios de las autorizaciones de ocupación de los huertos urbanos personas mayores de 18 años que estén empadronadas en Torremolinos, deben estar físicamente capacitados para realizar el trabajo agrícola y formular una declaración expresa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, tanto a nivel estatal, como autonómico y local, y comprometerse al cuidado y mantenimiento del huerto y de sus instalaciones comunes, entre otros requisitos.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y resueltas las reclamaciones, se publicará la resolución que contendrá la lista definitiva de admitidos al proceso de selección, fijándose una fecha para el sorteo público.

Los huertos serán cedidos por por un plazo inicial de dos años, pudiéndose renovar por un año más, previa petición expresa de la persona, y con una antelación mínima de un mes al vencimiento del plazo establecido.

Los usuarios tendrán derecho a la adquisición de los frutos que se deriven del cultivo de la tierra, pero únicamente los podrán destinar a consumo propio, estando prohibida toda venta de productos hortícolas que se obtengan de los huertos urbanos municipales.

Se prohíbe expresamente cultivar plantas que deterioren o degraden el suelo; plantar especies exóticas o psicotrópicas; modificar la estructura parcelaria del suelo del huerto delimitado, o alterar los caminos o conducciones de riego del huerto adjudicado; el cultivo de árboles y de arbustos de gran porte, a excepción de laurel, romero o tomillo; o usar la parcela del huerto como depósito  o almacén de materiales, entre otras.

Respecto al agua, al ser un bien escaso, se debe realizar un uso responsable de la misma, evitando su despilfarro, por lo que una conducta contraria a esta regla podrá ser causa de revocación de la autorización, siendo además el agua para riego no potable.

Tanto la solicitud como la información sobre la convocatoria se encuentran en en el Portal de Transparencia de la web del Ayuntamiento de Torremolinos en el siguiente enlace: https://transparencia.torremolinos.es/documentos-sometidos-a-informacion-publica/