El Ayuntamiento de Torremolinos determina las actuaciones que serán sancionables dentro de la ordenanza de limpieza

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D. JOSÉ ORTIZ GARCÍA, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE TORREMOLINOS, por las atribuciones que me vienen conferidas por la legislación vigente, vengo en dictar el siguiente
BANDO

Vivimos en un entorno privilegiado, en una ciudad que ofrece muchos atractivos tanto para los residentes permanentes como para los ocasionales.

Debemos cuidar el entorno, y como tantos aspectos de la vida del municipio, la consecución de un objetivo no se puede conseguir sin la colaboración de todos: Servicios públicos y ciudadanos.

No se pueden mantener unas calles limpias y en perfecto estado de conservación, por más que el Ayuntamiento disponga de un esmerado servicio de limpieza viaria, si por parte de una minoría de vecinos o visitantes nada concienciados con el medio ambiente ni con el entorno urbano, se arrojan o depositan continuamente todo tipo de residuos en la vía pública (basura, papeles, enseres, muebles) fuera de los contenedores adecuados para ello.

En este sentido se recuerda y se informa a los ciudadanos sobre unas sencillas normas para las recogidas de residuos o de enseres establecidas en las ordenanzas municipales.

*Los residuos sólidos se deben depositar en las papeleras y contenedores correspondientes. No se debe arrojar o depositar residuos, desperdicios y cualquier tipo de basuras o escombros en las vías públicas y espacios de uso público. Las papeleras están destinadas a los residuos originados por los viandantes, mientras que los contenedores de basura están destinados a los residuos generados en los domicilios y en los establecimientos o comercios.

*La basura domiciliaria y de los establecimientos deberá ser introducida en contenedores o cubos dentro de los domicilios y establecimientos, hasta llegar la hora de depositarlas en el contenedor más cercano, dentro de bolsas correctamente cerradas, dentro del horario establecido, entre las 20:00 y las 24:00 h.

*No está permitido depositar en el interior de los contenedores cualquier clase de residuo líquido así como introducir en los contenedores de recogida selectiva (conocidos como islas ecológicas) materiales de cualquier tipo diferente de los expresamente indicados (papel o cartón, vidrio, envases o plásticos, basura orgánica).

*Respecto a muebles o restos de podas y talas, éstos deberán ser depositados junto a las islas ecológicas los días que se indiquen en la señalización correspondiente, hasta las 14:00 horas.

Es deseable que todos los ciudadanos respeten las normas indicadas en este Bando y en las Ordenanzas Municipales, en beneficio de una convivencia agradable y de la buena imagen turística de nuestro municipio. Las infracciones a las presentes normas serán sancionadas según la legislación y ordenanzas municipales en vigor.