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La Consejería de Administración Local destinará 4,5 millones de euros para estas dos ayudas
(Prensa Junta Andalucía) El vicepresidente de la Junta de Andalucía y consejero de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, Juan Marín, ha anunciado que su departamento va a lanzar nuevas líneas de subvenciones, gestionadas directamente por la Dirección General de Administración Local. Se destinarán 2,5 millones de euros para la lucha contra la despoblación y otros dos millones para el fomento del desarrollo económico y social de las entidades locales.
En su intervención también ha informado de que su departamento trabaja en la unificación de las subvenciones a municipios y entidades locales autónomas con menos de 2.000 habitantes para la financiación de actuaciones en inmuebles destinados a sedes de órganos de gobierno y en otros edificios vinculados a la prestación de servicios públicos de competencia local.
Hasta ahora existían dos tipos de ayudas SEDES I y SEDES II y con la unificación se creará una sólo una, pasándose a denominar SEDES. Con ello, se incluirían subvenciones para equipamientos que antes sólo existían en SEDES II. Además se producirá un cambio en la gestión de estas subvenciones, pasando a ser directamente gestionadas con las Delegaciones Territoriales.
Mientras este proceso de difusión culmina, en las próximas semanas se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la convocatoria de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de entre 1.500 y 2.000 habitantes para la realización de actuaciones en sedes de órganos de gobierno y entre otros edificios vinculados a prestación de servicios públicos de competencia local, SEDES II.
Ya el pasado 26 de junio salió publicado en BOJA las subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con menos de 1.500 habitantes. Estas ayudas tendrán un importe máximo de 20.000 euros y se destinarán a financiar actuaciones de inversión consistentes en obras y trabajos de los definidos en el Anexo I de la Ley de Contratos del Sector Público, en municipios y entidades locales autónomas de menos de 1.500 habitantes.