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Desarrollo Sostenible ha podido impulsar esta actuación gracias a la información que ofrecen los mapas de riesgo de inundaciones
(Prensa Junta Andalucía) Un total de 23 empresas se ha presentado para hacerse cargo de la ejecución del proyecto de defensa contra inundaciones del río Guadalhorce en la capital malagueña, una actuación que ha priorizado la Junta de Andalucía, cuya inversión de 8,9 millones de euros financiará al 100% la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y que supondrá la generación de más de 130 empleos directos.
Esta actuación dotará de capacidad de desagüe al tramo actualmente encauzado del río Guadalhorce para la avenida de 500 años de periodo de retorno hasta que el Gobierno central construya el nuevo puente de la carretera MA-21 sobre el río. Además, permitirá que se reduzca en más de la mitad la superficie de inundabilidad actual para 500 años de periodo de retorno, pasando de las 1.011 hectáreas inundables actuales a las 427 hectáreas una vez ejecutada la misma.
Tras la reprogramación de fondos que ha tenido que llevar a cabo el Gobierno andaluz debido a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha priorizado esta actuación, dada la trascendencia que tiene este proyecto para la ciudad de Málaga, puesto que resolverá los problemas de inundabilidad en la desembocadura del Guadalhorce que se evidencian en los mapas de riesgo de inundación recientemente actualizados.
Precisamente, debido a esta situación de riesgo, la Asociación de Polígonos de Málaga (APOMA) ha elaborado el proyecto, que ha sido adaptado a los estándares de la Administración autonómica por parte de la Dirección General de Infraestructuras del Agua de la Consejería para licitar su construcción.
Desarrollo Sostenible ha cerrado ya el plazo de presentación de ofertas y espera tener adjudicado el proyecto el próximo verano, de modo que las obras podrían iniciarse a lo largo de este mismo año. La rapidez con la que ha actuado la consejería a la hora de preparar esta actuación se debe, en buena medida, a la información que ofrecen los mapas de peligrosidad y riesgo de la zona.
La actualización de dichos mapas, que se encuentran en información pública durante tres meses, viene obligada por la Directiva europea de inundaciones. Gracias a la identificación y publicación de las zonas inundables se ofrece seguridad jurídica a la sociedad, se agilizan los trámites urbanísticos, se posibilita la adopción de medidas de gestión del riesgo de inundaciones y también la obtención de fondos europeos para ejecutar los proyectos de defensa frente a las avenidas.
La inclusión de cualquier zona en el Plan de Gestión de Riesgo de Inundaciones (fase final del proceso) permite determinar aquellas medidas correctoras y de protección de infraestructuras y edificios con el fin de preservar la seguridad de las personas, sus enseres e inmuebles. Pues bien, la elaboración del mapa de riesgo elaborado para el río Guadalhorce ha permitido determinar de antemano las medidas necesarias que han sido contempladas y agilizar el proyecto de defensa contra inundaciones que ya se está terminando de licitar.
Estos mapas de riesgo, además, otorgan seguridad jurídica a futuros proyectos en la zona, ya que cualquier promotor podrá conocer con antelación el grado de inundabilidad en que se encuentra cada parcela. Al mismo tiempo, sirven para agilizar los trámites urbanísticos, ya que para las zonas inundables no incluidas en estos mapas aquel promotor que quiera llevar a cabo una actuación precisará de un estudio específico y, en su caso, es posible que deba hacer frente a las medidas de autoprotección necesarias al no estar planificadas. Además, la realización de dichos mapas supone un elemento clave a la hora de obtener financiación europea para la ejecución de proyectos de defensa de inundaciones, por ejemplo con los nuevos fondos europeos Next Generation.
Por último, ante las dudas planteadas, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha explicado de forma tajante que, tal y como establecen el Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, y el Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, las zonas inundables para el periodo de retorno de 10 años reflejadas en los mapas no obtienen la consideración de dominio público hidráulico.