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La empresa Limpieza de Torremolinos S.A. (LITOSA) informa que a propuesta del tribunal, y conforme proponían los tres informes que han elaborado los Servicios Jurídicos de Litosa, al objeto de analizar varias alegaciones al procedimiento selectivo, el consejero delegado de la empresa municipal de limpieza, Antonio Navarro, ha acordado la nulidad del procedimiento selectivo para la constitución de la Bolsa de Empleo.
El procedimiento selectivo se inició a principios de 2019″ y, tras apuntar que el proceso ha sufrido distintas demoras, esencialmente por el ingente número de solicitudes como por un cambio de los miembros del tribunal, así como por la pandemia que imposibilitaba las entrevistas previstas en las Bases, explica que el tribunal, compuesto por personal de Litosa, la mayoría con lustros de experiencia en la empresa, y reunidos el 16 de abril de 2021, propuso al consejero delegado dejar sin efecto el procedimiento de selección de la Bolsa de Empleo, y ello después de sopesar el contenido de tres informes que analizaban los distintos escenarios jurídicos que podrían plantearse tras los recursos formulados por varias personas, entre ellas la Portavoz del GM del PP en Torremolinos, Margarita del Cid, y su tío el exconcejal Ramón del Cid», quienes «solicitaban en síntesis, y como conclusión no expresa, pero sí tácita, la nulidad del procedimiento».
Antonio Navarro, consejero delegado, ha dado instrucciones para que urgentemente los servicios técnicos de Litosa elaboren unas bases que sirvan como mecanismo operativo para disponer de personal para garantizar un servicio de limpieza eficaz y que satisfaga las necesidades del municipio, y que estén presididas por los principios de igualdad, publicidad, mérito, transparencia y seguridad jurídica, criticando y calificando de «esperpéntico» el proceder del principal grupo de la oposición y del exconcejal Ramón del Cid, a quienes se atribuye que sólo buscan excusas para torpedear las labores de organización de los servicios de limpieza atacando al Tribunal y provocando la nulidad del procedimiento selectivo.