Bono Alquiler Joven de Andalucía en Torremolinos

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El 14 de noviembre arranca el plazo para que los jóvenes de Torremolinos puedan solicitar las ayudas del Bono Alquiler Joven de Andalucía

Las subvenciones, que ascienden a 250 euros mensuales durante dos años, están dirigidas a los menores de 35 años y las solicitudes serán en régimen de concurrencia no competitiva, es decir, por orden de entrada de las peticiones

El concejal de Juventud, Francisco García, destaca “la importancia de que los jóvenes de la localidad presenten la solicitud de forma telemática a partir del 14 de noviembre para poder optar a estas ayudas”

(Prensa Ayto Torremolinos) El próximo 14 de noviembre arranca el plazo para poder optar a la convocatoria de las ayudas del Bono Alquiler Joven de Andalucía, unas subvenciones dirigidas a los menores de 35 años para poder hacer frente al pago del alquiler y que ascienden a 250 euros mensuales durante dos años, pudiendo alcanzar un total de 6.000 euros en ese periodo si se cumplen los requisitos establecidos.

El concejal de Juventud del Ayuntamiento de Torremolinos, Francisco García, ha destacado “la importancia de que los jóvenes de la localidad presenten la solicitud de forma telemática a partir del 14 de noviembre para poder optar a estas ayudas que serán en régimen de concurrencia no competitiva, es decir, por orden de entrada de las peticiones”.

García ha hecho referencia a que “desde el Ayuntamiento vamos a dar publicidad e información de estas ayudas para que el mayor número posible de jóvenes, que cumplan los requisitos establecidos, se puedan beneficiar de estas subvenciones”.

Así, aquellas personas interesadas en presentar su solicitud y que quieran ampliar información pueden hacerlo en la Casa de la Juventud, ubicada en la calle María Barrabino 16 o en el propio Ayuntamiento de Torremolinos. Además, toda la información está recogida en este enlace de la Junta de Andalucía https://www.juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda/areas/vivienda-rehabilitacion/fomento-alquiler.html

Con esta convocatoria, se destinarán 68,4 millones de euros para el pago del alquiler de menores de 35 años. La novedad que presentan estas ayudas es que la tramitación de las misma será telemática. Para agilizar la solicitud es importante tener la firma electrónica, el alta de la cuenta bancaria en la Junta de Andalucía y documentos como el contrato de alquiler o copias de las transferencias bancarias de los pagos ya realizados.

El plazo de presentación de estas subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, comienza el 14 de noviembre a partir de las 9:00 horas y concluirá el 14 de febrero de 2023 a las 15:00 horas. Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24974.html

La convocatoria va dirigida a jóvenes menores o igual a 35 años que viven en alquiler y con ingresos menores a tres veces el IPREM y de 4,5 veces el IPREM si se trata de unidad familiar. Los solicitantes deberán aportar en la documentación un contrato de arrendamiento de la vivienda. En caso de arrendamiento parcial, si no constata en el contrato la cuota de participación, se aportará declaración responsable. Además, en caso de unidad familiar, se requerirá el certificado de empadronamiento colectivo de los miembros de la familia del solicitante. Cuando la titular del contrato no coincide con el solicitante, se aportará documentación de la atribución del derecho de uso.

El pago de las ayudas será con efecto retroactivo con fecha 1 de enero de 2022.

La convocatoria del Bono de Alquiler Joven se suma a la reciente publicación de las ayudas al alquiler destinadas a personas que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad, que cuenta con un montante de 14 millones de euros y beneficiará a más de 4.000 familias andaluzas

Estas subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, facilitan una solución habitacional rápida a personas sin hogar, víctimas de violencia de género, víctimas de desahucio de su vivienda habitual, a víctimas de trata con fines de explotación sexual y a otras familias en situación de especial vulnerabilidad acreditada por los servicios sociales o de la administración local correspondiente y que tengan dificultades para hacer frente al pago de la renta arrendaticia.