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La Seguridad Social ha tramitado en Málaga cerca de 11.500 permisos por nacimiento y cuidado de menor en lo que va de año
- Del total, 5.445 prestaciones correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 6.022, al segundo
- El gasto en la provincia de Málaga de estas prestaciones entre enero y septiembre fue de 70,18 millones de euros
La Seguridad Social tramitó en Málaga un total de 11.467 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor en los primeros nueve meses de 2022, de las que 5.445 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 6.022, al segundo, normalmente el padre, cifras que la convirtieron en la segunda provincia de Andalucía en número de prestaciones tramitadas, representando el 18% de las mismas.
El gasto asociado a esta ayuda entre enero y septiembre ha sido de 70,18 millones de euros, un 7,4% más que en el mismo periodo de 2021. Con 63.799 prestaciones tramitadas y un gasto asociado de 375,2 millones de euros, Andalucía es la primera comunidad del país en número de prestaciones tramitadas.
El subdelegado del Gobierno en Málaga, Javier Salas, ha subrayado que “el Gobierno de Pedro Sánchez apostó desde 2019 por la mejora de esta prestación y su equiparación definitiva hasta las 16 semanas para ambos progenitores desde el 1 de enero de 2021”. “Una medida más para la protección y el bienestar de las familias y de la clase media y la clase trabajadora”, ha añadido.
Javier Salas ha recalcado que “esta medida del Gobierno convierte a nuestro país en uno de los más avanzados de nuestro entorno en cuanto a la equiparación de este permiso, como ocurre en países como Suecia, Islandia o Dinamarca”.
La prestación por nacimiento y cuidado de menor sustituyó a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad cuando entró en vigor el 1 de enero de 2021 y ha supuesto la equiparación completa de ambas. En la actualidad, el permiso es de 16 semanas para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible. De las 16 semanas, seis de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos.
La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece la posibilidad de solicitar la prestación por nacimiento de forma telemática, a través del portal Tu Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es/) y a través del formulario en https://tramites.seg-social.es/acceso/prestacion-nacimiento-cuidado-menor.html
También se pueden solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso por nacimiento o cuidado del menor, si los progenitores optan por dividir el periodo.
Excedencias por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar
Por otro lado, el número de excedencias dadas de alta en Málaga en el primer semestre del año fue de 1.248, de las que 1.063 correspondieron a mujeres, el 85%, y 185 a varones, lo que equivale al 15%. El número de excedencias se ha reducido en Málaga un 4,29% siendo la provincia de Andalucía en la que menos reducción se produjo al situarse muy por debajo de la media regional, que registró un descenso del 8,47%, respecto al mismo periodo del ejercicio 2021.
Málaga se situó como la primera provincia de la comunidad andaluza en número de excedencias, con un 30% de las que se concedieron en la comunidad andaluza durante el tiempo señalado (1.248 de 4.098).
Por comunidades, Andalucía se situó como la tercera comunidad en número de excedencias, con 4.098, por detrás de Madrid (7.605) y Cataluña (5.675), y seguida de la Comunidad Valenciana (3.663).
En todas las comunidades autónomas se han registrado menos excedencias que en el mismo periodo del año pasado. Los principales descensos han sido en el País Vasco (-23,5%), Cantabria (-21,9%) y Galicia (-19,3%).
Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar excedencia para atender a hijos/as o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.