JR Abogados: Especialistas en juicios rápidos por alcoholemia

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Cuando hablamos de un juicio rápido por alcoholemia hay varios detalles que tenemos que contemplar, entre ellos la defensa.

En estos casos, se puede optar por un juicio rápido con conformidad o uno sin conformidad. Pero, antes de hablar en detalle sobre la defensa para este tipo de juicios, debemos conocer en detalles que es un juicio por alcoholemia

Este es un delito contra la seguridad vial, que ocurre cuando superamos la tasa de alcohol permitida.

Por ende, si te detienen y realizan un test de alcoholemia y superas los límites permitidos, los agentes de tráfico te abrirán un atestado policial.

Dicho atestado lo remitirán al juzgado de Guardia para proceder a la celebración de un juicio rápido por alcoholemia.

Por lo general cuando esto sucede los policías te dan la cita con la fecha y hora exacta en la que se llevará a cabo el juicio. De igual forma se suele indicar el número del juzgado al que tienes que comparecer con un abogado, por lo que te recomendamos contratar un abogado para juicio por delito de alcoholemia.

Lo normal es que el día del juicio se llegue a un acuerdo siempre que el conductor considere que se le están encausando con razón. Ten en cuenta que estamos hablando de un dato objetivo que puede demostrarse con la cifra arrojada por el alcoholímetro, lo que quiere decir que no hay margen para la interpretación.

Sin embargo, la defensa del juicio por alcoholemia puede depender de varios factores, como la legalidad de la prueba que arrojó la tasa de alcoholemia, el porcentaje de tasa de alcoholemia, si se consumió algún medicamento, síntomas externos, etc. Por lo que, aunque es un delito con una pena menos grave, no es de fácil defensa.

Recordemos que basta con superar los 0,6 mg/l en aire espirado o los 1,2 g/l en sangre para cometer este delito.

Así que, como mencionamos es un delito de carácter objetivo y transversal, y es por esto que se recomienda contar con un abogado especialista en la materia.

Como ya mencionamos antes, se puede llegar a un acuerdo en caso de conformidad con la acusación. En estos casos se impondrá la pena solicitada con una reducción de un tercio, aun cuando suponga la imposición de una pena inferior al límite mínimo. Esto quiere decir que, si la pena contemplada en el Código Penal por conducir bajo los niveles de alcohol es de un año, puedes obtener una pena de privación de conducir menor.

Por lo general la conformidad suele ser la mejor salida cuando las pruebas con las que cuentan la acusación son evidentes y se ajustan a la legalidad. En estos casos el abogado especialista puede indicar que la mejor defensa es reducir los daños.

Para llegar a esto se tiene que realizar la oportuna negociación con el Ministerio Fiscal y analizar si la oferta de conformidad se ajusta a los intereses del investigado.

Ahora en ciertos casos la no conformidad puede ser una buena opción, sea por motivos procesales o extraprocesales.

Por ejemplo, cuando el investigado por el delito tiene algún trámite administrativo pendiente de cumplir donde se le exige no tener antecedentes penales. Lo mismo se aplica cuando el investigado necesita el máximo tiempo posible para conservar el permiso de conducir por motivos de trabajo.

Obviamente en estos casos lo que se suele buscar es prolongar el máximo tiempo posible el procedimiento. De modo que cuando la condena sea firme y se anoten los antecedentes penales se hayan realizado los trámites o gestiones que se necesitaban.

Un detalle importante a mencionar es que la no comparecencia al juicio suele ser sinónimo de condena, es decir, si tu ausencia no está justificada se te condena por delito de alcoholemia. Ahora, en caso de que fueran los policías y los testigos quienes no comparecieran, serias absuelto por falta de pruebas.

Para terminar, debes saber que un juicio por alcoholemia puede prescribir, pero el plazo depende de la condena. Por ejemplo, si la retirada del carnet alcanza los 12 meses, prescribirá pasados los seis meses.

En caso de que llegue a superar un año, pero sea inferior a tres, los antecedentes prescribirán cuando hayan pasado tres años.

Mientras que, si la pena es de tres a cuatro años, el plazo para que prescriban es de cinco años.